Contrato de servicios
FirmadoEjemplo
Cerrado con el registro de pruebaEl artículo 3 de la Ley 8454 de 2005 dice que un documento electrónico se trata como equivalente a un documento en papel. Una firma digital certificada es otra firma. inSigner conserva el registro de cierre junto al archivo.
Firma electrónica simple en Essential y Pro · no es una firma digital certificada según el artículo 8
Contrato de servicios
FirmadoEjemplo
Cerrado con el registro de pruebaArt. 3Documento electrónico, igual que el papel
Art. 5Familia y testamentos quedan fuera
Art. 9Los documentos públicos necesitan certificado
PDF + registroSHA-256 del archivo final
Un flujo. Un registro claro.
Un camino claro que registra la intención, cada acción y la prueba del acuerdo.
Suba el documento, coloque los campos e indique cada firmante.
Vea cómo funcionaCada persona acepta el proceso electrónico y firma los campos que usted colocó.
Vea cómo funcionaDescargue el PDF cerrado junto con su registro de prueba.
Vea cómo funcionaAcuerdos cotidianos
Suba un PDF y conserve el registro de cierre junto al archivo. Los actos de derecho de familia, los personalísimos, las disposiciones por causa de muerte, los que exigen fijación en papel o los que necesitan firma digital certificada no están en esta lista.
Y muchos más.
El marco de Costa Rica
La Ley 8454 de 30 de agosto de 2005, vigente desde el 13 de octubre de 2005, de certificados, firmas digitales y documentos electrónicos, fija las reglas actuales. El artículo 1 aplica la Ley a transacciones públicas y privadas, salvo disposición legal en contrario o que la naturaleza o los requisitos del acto resulten incompatibles. El artículo 3 dice que cualquier manifestación representativa o declarativa expresada o transmitida por un medio electrónico se tiene por jurídicamente equivalente a un documento en soporte físico. El empleo del soporte electrónico no dispensa las formalidades que la ley exija para cada acto. El artículo 8 define la firma digital como cualquier conjunto de datos adjunto o lógicamente asociado a un documento electrónico que permita verificar su integridad e identificar de forma unívoca y vincular jurídicamente al autor con ese documento. El segundo párrafo del artículo 8 dice que una firma digital se considera certificada cuando se emite al amparo de un certificado digital vigente expedido por un certificador registrado. La firma estándar de inSigner no es una firma digital certificada. El Decreto Ejecutivo 33018-MICIT de 20 de marzo de 2006 reglamenta la Ley.
5
Ley 8454
El artículo 5 deja fuera los actos y convenios de derecho de familia, los actos personalísimos, los que exigen fijación en papel y las disposiciones por causa de muerte, con excepciones posteriores limitadas. El artículo 4 da a los documentos electrónicos la misma fuerza probatoria que a los documentos físicos de la misma clase. inSigner conserva un registro de cierre, incluido un hash SHA-256 del archivo final, para mostrar qué se firmó. El hash no es una firma digital certificada. inSigner no decide si el artículo 4 o el 5 se cumple para un documento concreto.
8/9
Arts. 8 y 9
El artículo 8 dice que una firma digital está certificada cuando se emite al amparo de un certificado digital vigente de un certificador registrado. El artículo 9 da a la firma digital el mismo valor y eficacia probatoria que a la manuscrita, y dice que un documento público electrónico debe llevar firma digital certificada. El artículo 10 presume la autoría de un documento asociado a una firma digital certificada. El artículo 18 dice que solo los certificadores registrados emiten certificados con pleno efecto frente a terceros y frente al Estado. La Dirección de Certificadores de Firma Digital pertenece al MICITT. inSigner no es esa dirección ni un certificador registrado. La QES para Europa es una opción Enterprise y no es una firma digital certificada costarricense.
La prueba, no solo una firma
El registro de cierre reúne a quién se invitó, qué firmó y el hash del archivo final.
Registro de prueba
EjemploSi el archivo cambia, el hash deja de coincidir. Descárguelo con el PDF.
El registro guarda la aceptación del proceso electrónico.
Nombre, correo o teléfono, y los eventos de envío, vista y firma.
Un registro cronológico desde la entrega hasta el cierre.
Un hash SHA-256 muestra si el archivo final sigue coincidiendo.
Acuerdos comerciales
El mismo registro de cierre para acuerdos comerciales que no necesitan una firma digital certificada y no están en el artículo 5.
Contratos de venta
Acuerdos con proveedores
NDA
Propuestas
Pedidos
Encargos de trabajo
Cartas de oferta
Acuses de políticas
El mismo flujo
En los idiomas que ya usa
Preguntas, con respuesta
Aquí están los límites, incluido el artículo 3, una firma digital certificada, el artículo 5 y las afirmaciones que esta página no hace.
Contacte a nuestro equipoLas partes de un flujo de firma electrónica en Costa Rica que el servicio ofrece hoy.
La Ley 8454 de 30 de agosto de 2005, vigente desde el 13 de octubre de 2005, de certificados, firmas digitales y documentos electrónicos, fija las reglas actuales. El artículo 1 aplica la Ley a transacciones públicas y privadas, salvo disposición legal en contrario o que la naturaleza o los requisitos del acto resulten incompatibles. El artículo 3 dice que cualquier manifestación representativa o declarativa expresada o transmitida por un medio electrónico se tiene por jurídicamente equivalente a un documento en soporte físico. El empleo del soporte electrónico no dispensa las formalidades que la ley exija para cada acto. El artículo 8 define la firma digital y dice que está certificada cuando se emite al amparo de un certificado digital vigente de un certificador registrado. La firma estándar de inSigner no es una firma digital certificada. Si un documento concreto es válido sigue dependiendo del documento y de la ley que lo rige. inSigner no decide esa cuestión.
El artículo 8 define la firma digital como cualquier conjunto de datos adjunto o lógicamente asociado a un documento electrónico que permita verificar su integridad e identificar de forma unívoca y vincular jurídicamente al autor con ese documento. El segundo párrafo del artículo 8 dice que una firma digital se considera certificada cuando se emite al amparo de un certificado digital vigente expedido por un certificador registrado. El artículo 9 da a los documentos suscritos con firma digital el mismo valor y eficacia probatoria que a su equivalente manuscrito, y dice que los documentos públicos electrónicos deben llevar firma digital certificada. El artículo 10 presume la autoría de un documento asociado a una firma digital certificada, salvo prueba en contrario. El artículo 18 dice que solo los certificadores registrados emiten certificados con pleno efecto frente a terceros y frente al Estado. La Dirección de Certificadores de Firma Digital pertenece al MICITT. inSigner no es esa dirección ni un certificador registrado. La QES para Europa es una opción Enterprise y no es una firma digital certificada costarricense.
Cada persona firma los campos que usted colocó en el documento que envió. El registro de prueba guarda su nombre y correo o teléfono, cuándo se envió, se vio y se firmó el documento, la dirección IP, los datos del dispositivo y la autenticación usada.
Sí. Puede descargar el PDF cerrado y el registro de prueba, incluido un hash SHA-256 del archivo final. Si cambia un solo byte, el hash deja de coincidir. El hash muestra si el archivo final sigue coincidiendo. No es una firma digital certificada según el artículo 8, y no es cifrado. El artículo 4 da a los documentos electrónicos la misma fuerza probatoria que a los documentos físicos de la misma clase. El hash no decide por sí solo ese artículo.
Los límites, incluidas las afirmaciones que esta página no hace.
No. Essential y Pro usan una firma electrónica simple. El artículo 8 de la Ley 8454 trata la firma digital certificada como la emitida al amparo de un certificado digital vigente de un certificador registrado. inSigner no es ese certificador. La QES para Europa es una opción Enterprise, con precio aparte, y no es una firma digital certificada costarricense. No está en Essential ni en Pro.
No. El artículo 5 deja fuera los actos y convenios de derecho de familia, los actos personalísimos, los que exigen fijación física y las disposiciones por causa de muerte, con excepciones posteriores limitadas. El artículo 9 dice que un documento público electrónico debe llevar firma digital certificada. inSigner no actúa como notario, no presencia una firma y no inscribe un documento en el Registro Nacional. Su abogado decide la forma que un documento necesita.
No por sí solo. Aceptar el proceso electrónico en inSigner registra el consentimiento para firmar ese documento. No convierte, por sí sola, la firma en una firma digital certificada según el artículo 8, y no decide el valor probatorio según el artículo 4 o el 9. inSigner no decide esos puntos por usted.
No. De los documentos que usted envía, decide usted la finalidad. inSigner no redacta su aviso de privacidad y no hace que un flujo cumpla la ley costarricense de privacidad o de protección de datos, incluida la Ley 8968. Nubesti gestiona la cuenta, la facturación, la seguridad, el soporte y el marketing. No use el producto por defecto para formularios de pacientes, consentimiento clínico, apertura de cuenta, decisiones de crédito o KYC. Las comprobaciones de identidad son complementos con precio aparte. No hay una página pública de estado ni un porcentaje de disponibilidad. Las aplicaciones móviles están previstas, no son una descarga pública.
La legislación misma, no un resumen de un proveedor.
Esta página es información general sobre el derecho de Costa Rica, no asesoramiento jurídico. La política de firmas del centro legal es el texto vinculante. Responsabilidades de la firma electrónica
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